Escritura Pública en Panamá: Costos y Requisitos 2026

Resumen rápido

Índice
  1. ¿Qué es la escritura pública de compraventa y quién debe otorgarla?
  2. ¿Cuáles son los requisitos actualizados en 2026?
  3. ¿Cómo hacer el trámite de la escritura pública paso a paso?
  4. ¿Cuáles son los costos oficiales y tiempos de entrega en 2026?
  5. ¿Cuáles son los errores más comunes al tramitar una escritura pública en Panamá?
  6. Preguntas frecuentes sobre la escritura pública de compraventa en Panamá

Para formalizar una compraventa de inmueble en Panamá necesita una escritura pública firmada ante notario e inscrita en el Registro Público. El vendedor paga el 2% de ITBI y el 3% de anticipo de ganancia de capital sobre el mayor valor entre el precio pactado y el valor catastral. Los gastos de notaría oscilan entre B/. 300 y B/. 600 y la inscripción registral entre B/. 50 y B/. 600 según el valor del inmueble. El proceso completo toma entre 5 y 15 días hábiles, según la Dirección General de Ingresos (DGI, 2026).

¿Qué es la escritura pública de compraventa y quién debe otorgarla?

La escritura pública de compraventa es el documento legal redactado y autorizado por un notario público que formaliza oficialmente la transferencia de dominio de un inmueble en Panamá. Sin ella, el traspaso no puede inscribirse en el Registro Público de Panamá y el comprador no queda reconocido jurídicamente como el nuevo propietario.

Según el Registro Público de Panamá (2026), cualquier transferencia de dominio de bienes inmuebles —sea por compraventa, permuta, dación en pago, donación o herencia— debe elevarse a escritura pública y registrarse ante esa institución para tener plena validez legal y oponibilidad frente a terceros. Esto aplica a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras.

Están obligados a otorgar escritura pública todas las partes que intervienen en una transacción inmobiliaria: el vendedor (o su apoderado debidamente autorizado) y el comprador. En transacciones con financiamiento bancario, el banco también comparece como acreedor hipotecario dentro del mismo instrumento público o en una escritura separada.

¿Cuáles son los requisitos actualizados en 2026?

Antes de acudir a la notaría, reúna todos los documentos para evitar rechazos y retrasos. La lista siguiente refleja los requisitos vigentes para una compraventa estándar:

  1. Cédula de identidad o pasaporte vigente del comprador y del vendedor (originales). Si alguna de las partes actúa mediante apoderado, se requiere el poder notarial debidamente inscrito o autenticado.
  2. Certificado del Registro Público con los datos actualizados de la finca (número de finca, propietario, descripción, cargas). Costo: B/. 25.00. Vigencia: 30 días calendario. Se solicita en www.rp.gob.pa.
  3. Paz y salvo de impuesto de inmueble emitido por la Dirección General de Ingresos (DGI) y paz y salvo municipal de la municipalidad donde está ubicado el inmueble. Ambos documentos acreditan que la propiedad está al día en sus obligaciones fiscales.
  4. Plano catastrado del terreno o inmueble, emitido y sellado por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI). Este documento es indispensable para identificar los linderos, medidas y coordenadas oficiales del inmueble.
  5. Comprobante del pago del ITBI (Formulario 106) y del anticipo de ganancia de capital (Formulario 107), declarados y pagados ante la DGI a través de la plataforma e-Tax 2.0 antes del cierre notarial.
  6. Comprobante del precio de venta o carta de aprobación del préstamo hipotecario (si la compra es financiada). El banco puede requerir inscribir una hipoteca sobre el inmueble de forma simultánea.
  7. Certificado de cuotas de mantenimiento al día, firmado por el administrador inscrito en el Registro Público. Este documento es obligatorio únicamente en la compraventa de apartamentos bajo régimen de propiedad horizontal; su vigencia es limitada, por lo que debe presentarse dentro del plazo indicado en el propio certificado.
  8. Timbres fiscales y papel sellado, cuyo costo adicional oscila entre B/. 10 y B/. 50, según la extensión del documento notarial.
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¿Cómo hacer el trámite de la escritura pública paso a paso?

  1. Verifique el estado legal de la propiedad. Consulte el Registro Público en www.rp.gob.pa para confirmar que la finca está libre de hipotecas, embargos, anotaciones o cualquier carga registral. Solicite el Certificado de Propiedad oficial (B/. 25.00) con vigencia de 30 días.
  2. Declare y pague los impuestos ante la DGI. El vendedor debe acceder a la plataforma e-Tax 2.0 del Ministerio de Economía y Finanzas, completar el Formulario 106 (ITBI, 2%) y el Formulario 107 (anticipo de ganancia de capital, 3%), y efectuar el pago en una entidad bancaria recaudadora autorizada. El pago debe realizarse dentro del mismo mes calendario en que se presenta la declaración.
  3. Reúna los paz y salvos y demás documentos. Gestione el paz y salvo de impuesto de inmueble en la DGI y el paz y salvo municipal en la alcaldía correspondiente. Si se trata de un apartamento en propiedad horizontal, obtenga también el certificado de cuotas de mantenimiento firmado por el administrador registrado.
  4. Acuda a la notaría pública para firmar la escritura. No existe un sistema centralizado de citas previas para notarías en Panamá; coordine directamente con el notario o el abogado que redacta el instrumento. Comprador, vendedor y (si aplica) representante del banco deben comparecer en persona. El notario redacta, lee y autoriza el documento ante todos los firmantes.
  5. Pague los timbres fiscales y las tasas registrales. Una vez firmada la escritura, el notario o el abogado gestiona el pago de los derechos de calificación y registro ante el Registro Público. Sin este pago, la escritura no se inscribe.
  6. Presente la escritura al Registro Público. El notario o el abogado ingresa la escritura al Diario del Registro Público. La institución revisa el instrumento y, si está completo y correcto, procede a inscribir el traspaso de dominio. El plazo estimado es de 3 a 10 días hábiles. Puede hacer seguimiento en www.rp.gob.pa.
  7. Obtenga el Certificado de Propiedad a nombre del comprador. Una vez inscrita la escritura, el Registro Público emite el Certificado de Propiedad que acredita oficialmente al nuevo dueño. Este documento es requerido por bancos, entidades públicas y notarías para trámites posteriores.

Si está tramitando otros documentos relacionados con su propiedad, consulte también nuestras guías sobre cómo verificar el título de propiedad en Panamá y cómo obtener el paz y salvo de impuesto de inmueble.

¿Cuáles son los costos oficiales y tiempos de entrega en 2026?

Los gastos de una compraventa inmobiliaria en Panamá se dividen en dos grandes grupos: los impuestos que paga el vendedor y los gastos de escrituración y registro que, según la costumbre y el acuerdo entre las partes, pueden distribuirse de distinta forma. A continuación se detalla cada concepto:

ConceptoTasa / Costo (B/.)Quién pagaTiempo estimado
ITBI – Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles2% sobre el mayor valor entre precio de venta o valor catastralVendedor (obligatorio por ley)Mismo mes de la declaración
Anticipo de ganancia de capital (ISR)3% sobre el mayor valor entre precio de venta o valor catastralVendedorAntes del cierre notarial
Honorarios notariales (redacción y autorización de la escritura)B/. 100 – B/. 600 según complejidad y notaríaAcuerdo entre las partesMismo día de la firma
Timbres fiscales y papel selladoB/. 10 – B/. 50Acuerdo entre las partesMismo día de la firma
Inscripción en el Registro Público (derechos de calificación y registro)B/. 50 – B/. 600 según valor del inmuebleAcuerdo entre las partes3 a 10 días hábiles
Certificado de Propiedad (Registro Público)B/. 25.00Comprador24 – 48 horas hábiles (en línea)
Honorarios del abogado1% – 1.5% del valor del inmueble (o tarifa fija negociada)Acuerdo entre las partesDurante todo el proceso

Ejemplo práctico: compraventa de un apartamento por B/. 150,000

Imagine que usted compra un apartamento en Ciudad de Panamá por B/. 150,000 y el valor catastral de la propiedad es B/. 120,000. La base imponible para los impuestos será B/. 150,000 (el mayor de los dos valores). El desglose real de costos sería el siguiente:

  • ITBI (2% × B/. 150,000): B/. 3,000 — cargo del vendedor
  • Anticipo de ganancia de capital (3% × B/. 150,000): B/. 4,500 — cargo del vendedor
  • Honorarios notariales: aproximadamente B/. 400
  • Timbres fiscales: aproximadamente B/. 30
  • Inscripción en el Registro Público: aproximadamente B/. 200
  • Certificado de cuotas de mantenimiento al día: sin costo si está pagado
  • Honorarios del abogado (1.25% × B/. 150,000): B/. 1,875

Costo total estimado del proceso de escrituración (excluidos impuestos del vendedor): aproximadamente B/. 2,505. Si el vendedor asume los impuestos (B/. 7,500 en total), el costo fiscal más los gastos del cierre suman aproximadamente B/. 10,005 — el 6.7% del precio de venta. Planifique este presupuesto antes de firmar la promesa de compraventa.

¿Cuáles son los errores más comunes al tramitar una escritura pública en Panamá?

  • Presentar la escritura con datos incorrectos en la minuta. Según el Registro Público de Panamá, el 75% de las escrituras calificadas como defectuosas se debe a errores en las minutas, especialmente en segregaciones con medidas y linderos incorrectos. Verifique todos los datos con el notario antes de firmar.
  • Ignorar el cambio en la Ley 468 de 2025. Desde el 25 de abril de 2025, la exoneración del ITBI para primeras ventas de viviendas nuevas fue eliminada. Vendedores que calcularon sus costos bajo el régimen anterior pueden enfrentar un gasto inesperado de miles de balboas si no actualizaron su planificación fiscal.
  • Declarar un precio de venta inferior al real en la escritura. La DGI tiene potestad de ajustar la base imponible si detecta que el valor declarado no refleja la transacción real. Esta práctica constituye defraudación fiscal y genera sanciones tanto para el vendedor como para el comprador.
  • No verificar el certificado de cuotas de mantenimiento a tiempo. Este certificado tiene vigencia limitada. Si la escritura ingresa al Registro Público una vez vencido el plazo indicado en el documento, la escritura será calificada como defectuosa y el trámite se reinicia.
  • Confundir quién paga el ITBI. La Ley 106 de 1974 establece que el ITBI es obligación del vendedor. Todo acuerdo privado que traslade este impuesto al comprador es nulo. No obstante, en la práctica, las partes pueden negociar el precio final teniendo en cuenta este costo.
  • No prever los tiempos del Registro Público. La inscripción puede tardar hasta 10 días hábiles en condiciones normales. Si existe algún error en la escritura, el plazo se extiende. No planifique el traslado de fondos ni la entrega de llaves el mismo día de la firma notarial.

Preguntas frecuentes sobre la escritura pública de compraventa en Panamá

¿Cuánto cuesta una escritura pública de compraventa en Panamá en 2026?

El costo total varía según el valor del inmueble. Los gastos directos de escrituración (notaría, timbres fiscales e inscripción registral) oscilan entre B/. 375 y B/. 675 en propiedades residenciales de valor medio. A esto se suman el 2% de ITBI y el 3% de anticipo de ganancia de capital, que recaen sobre el vendedor, más los honorarios del abogado (1% – 1.5% del valor del inmueble).

¿Dónde se paga el ITBI y el impuesto de ganancia de capital en Panamá?

Ambos impuestos se declaran en la plataforma e-Tax 2.0 de la Dirección General de Ingresos (DGI) usando el Formulario 106 y el Formulario 107. El pago físico se realiza en las entidades bancarias recaudadoras autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, antes de la firma notarial.

¿Se puede hacer la escritura pública de compraventa en línea?

No. La firma de la escritura requiere la comparecencia presencial de comprador y vendedor ante el notario. Sin embargo, la declaración de impuestos sí puede gestionarse en línea a través de e-Tax 2.0 y la consulta de datos registrales en www.rp.gob.pa.

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¿Qué pasa si no pago el ITBI antes de inscribir la escritura?

El Registro Público no inscribirá la transferencia de dominio sin constancia del pago del ITBI ante la DGI. Sin inscripción, el comprador no es reconocido jurídicamente como propietario, lo que genera un riesgo legal grave para ambas partes y puede bloquear cualquier financiamiento bancario futuro.

¿Puedo hacer el trámite en otra provincia?

Sí. Hay notarías públicas, oficinas de la DGI y sedes del Registro Público en Chiriquí, Colón, Veraguas, Coclé y otras provincias. Si el inmueble está ubicado en una provincia diferente, asegúrese de que el notario tenga jurisdicción y de que los paz y salvos sean emitidos por la municipalidad correspondiente.

¿Cuánto tiempo tarda realmente en inscribirse la escritura?

Una vez presentada la escritura al Registro Público de Panamá, la inscripción tarda entre 3 y 10 días hábiles. Si la escritura es calificada como defectuosa por errores en la minuta, el trámite se devuelve al notario y el plazo reinicia tras la corrección.

¿Quién paga el ITBI: el comprador o el vendedor?

Según la Ley 106 de 1974, el ITBI es obligación exclusiva del vendedor. Todo acuerdo privado que traslade este costo al comprador es nulo ante la ley, aunque en la práctica las partes pueden negociar el precio de venta considerando el impacto fiscal.

¿Las propiedades nuevas están exentas del ITBI en 2026?

No. La Ley 468 de 2025 eliminó la exoneración del ITBI para primeras ventas de viviendas nuevas desde el 25 de abril de 2025. En 2026, toda compraventa está sujeta al 2% de ITBI, salvo las exenciones específicas del artículo 2 de la Ley 106 de 1974 (expropiaciones del Estado, microempresas de responsabilidad limitada y donaciones entre cónyuges o parientes en primer grado).

¿Debo renovar la escritura de mi propiedad cada cierto tiempo?

No. La escritura pública es un documento permanente. Lo que sí tiene vigencia limitada es el Certificado de Propiedad del Registro Público (30 días) y el paz y salvo de impuesto de inmueble (anual). Obtenga siempre certificados recientes cuando necesite documentar su propiedad ante un banco o entidad pública.

Puntos clave

  • La escritura pública es el único documento que permite inscribir una compraventa en el Registro Público de Panamá y acreditar legalmente al nuevo propietario.
  • Desde el 25 de abril de 2025 (Ley 468), toda compraventa de inmuebles en Panamá —incluidas viviendas nuevas— está sujeta al 2% de ITBI sin excepción, salvo casos muy específicos.
  • El vendedor es el contribuyente obligado del ITBI y del anticipo de ganancia de capital (3%); cualquier pacto que traslade el ITBI al comprador es nulo según la Ley 106 de 1974.
  • El 75% de las escrituras rechazadas por el Registro Público se debe a errores en la minuta notarial; verifique todos los datos antes de firmar.
  • La inscripción registral tarda entre 3 y 10 días hábiles; no planifique la entrega de llaves ni el desembolso bancario para el mismo día de la firma.
  • El Certificado de Propiedad emitido por el Registro Público tiene vigencia de solo 30 días calendario; solicítelo cuando lo necesite para un trámite específico.
  • Contrate siempre un abogado especializado en bienes raíces; sus honorarios (1% – 1.5% del valor del inmueble) son una inversión que protege la operación completa.

Última actualización: Marzo 2026
Fuentes oficiales: Dirección General de Ingresos – DGI (dgi.mef.gob.pa) · Formulario 106 ITBI · Registro Público de Panamá (rp.gob.pa) · Ley 106 de 1974 y sus reformas (Ley 468 de 2025) · Autoridad Nacional de Administración de Tierras – ANATI · Panamá Digital (panamadigital.gob.pa) · Ministerio de Economía y Finanzas – MEF (mef.gob.pa)

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